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Preguntas frecuentes

1. ¿Que derechos tengo si soy un trabajador/a sin papeles?

Los mismos derechos que cualquier ciudadano en situación regular, que estés trabajando sin papeles no significa que tengas que renunciar a tus derechos, todo lo contrario, tienes derecho a cobrar el sueldo que te pertenece, tienes derecho a una indemnización por despido, es más, según el tiempo que lleves trabajando podríamos conseguirte el permiso de trabajo por arraigo laboral.

En CalculaTuDespido, frecuentan muchos clientes en situación irregular, por lo que estaremos encantados de ayudarte.

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2. ¿Estoy embarazada y trabajo sin papeles, no puedo continuar trabajando, que puedo hacer?

En este caso te recomendamos que nos contactes y te explicaremos como proceder, si te vas del trabajo se considerara una baja voluntaria y no cobraras indemnización por tu despido. Nosotros tenemos la solución.

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3. ¿Soy trabajador sin papeles y me despiden por estar imposibilitado para acudir a mi puesto de trabajo por cuestiones medicas, que puedo hacer?

No te preocupes, si estas en esta situación y has sido despedido podremos reclamar tu despido. Es claro, que si estas sin contrato no puedes coger una baja médica por lo que tu problema tiene solución y si tienes derecho a tu indemnización.

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4. ¿La empleada de hogar tiene derecho a reclamar por despido?

Por supuesto, la empleada de hogar tiene derecho a indemnización por despido ya sea estando con contrato de trabajo o sin contrato.

En nuestro despacho, ayudamos a muchas empleada de hogar a que se reconozcan sus derechos puesto que en muchas ocasiones los empleadores se aprovechan de las trabajadoras de hogar.

La empleada de hogar ya sea interna o externa, tiene derecho a indemnización por despido, indemnización por fallecimiento del empleador, horas extras (sobretodo en empleadas internas) y muchos otros derechos que estaremos encantados de hacerte conocer.

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5. ¿Qué salario tiene que cobrar una empleada de hogar?

Las empleadas de hogar tienen un salario anual de 15.120€ siempre y cuando realicen una jornada semanal de 40 horas, claro es que si está de interna realiza una jornada de más de 40 horas por lo que deberá incrementarse el salario en la misma proporción a las horas que realice.

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6. La empresa se ha inventado los hechos de la carta de despido, ¿esto me perjudica?

No, todo lo contrario, que la empresa se invente los hechos del despido te beneficia porque en un futuro juicio los deberán acreditar y si se los han inventado no podrán hacerlo. El concepto estrella que las empresas utilicen es “la disminución continuada del rendimiento de trabajo”, si es así es muy probable convertir el despido en improcedente y cobrar tu indemnización por despido.

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7. ¿Si estoy embrazada o voy a ser padre me pueden despedir?

No, el despido vendría a ser nulo por cuanto es discriminatorio y vulnera derechos fundamentales.

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8. ¿Me pueden despedir estando de baja médica?

No, si el motivo del despido es la baja médica es nulo por vulnerar derechos fundamentales.

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9. ¿Me pueden despedir si hace menos de 12 meses que he sido padre o madre?

No, despedir a un trabajador después del nacimiento de su hijo sin que haya pasado más de 1 año es nulo, en cuanto los trabajadores que han sido padres o madres tienen la protección de 1 año frente al despido.

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10. ¿Me pueden despedir si estoy en reducción de jornada por guarda legal?

No, el despido será nulo a no ser que la empresa tenga una causa para justificarlo, si los hechos son falsos no tienen nada que hacer.

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11. ¿La empresa puede hacerme una extinción del contrato por no superación del periodo de prueba si estoy en alguna de estas situaciones: embarazada o voy a ser padre, de baja médica, he sido madre o padre hace menos de un año?

No, el despido será nulo por vulnerar derechos fundamentales a no ser que la empresa pueda acreditar una causa fundada para no superar el periodo de prueba, que habitualmente la empresa no lo puede acreditar.

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12. ¿Si reclamo horas extras a la empresa me pueden despedir?

No, la empresa no te puede despedir por pedir que te paguen las horas extras o diferencias salariales u otros, estaríamos ante una represalia empresarial por lo que el despido sería nulo. Es importante que dejes prueba de ello, por lo tanto, reclámalo por escrito.

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13. ¿Cómo se si me están haciendo mobbing o acoso en el trabajo?

Las conductas más frecuentes son las siguientes:

a)  Modificar las condiciones del trabajo sin aviso.

b)  Manipular información o datos.

c)  No proporcionar herramientas ni útiles.

d)  Cambiar las tareas por sorpresa y sin aviso.

e)  Ridiculizar al trabajador.

f)  Difundir rumores falsos sobre la persona.

g)  Destinar al trabajador a sectores alejados del resto del equipo.

h)  No dirigirle la palabra.

i)  Ignorar al trabajador.

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Para poder defenderte ante esta situación es imprescindible que cuentes con
apoyen tu versión. La presentación de testigos que corroboren las presiones son fundamentales, así como los mensajes de texto, grabación de conversaciones o las llamadas recibidas.

 

14. ¿Que plazo tengo para reclamar el despido?

El plazo que tienes es de 20 días hábiles desde la fecha del despido, si transcurren estos días caduca el despido y no se puede reclamar.

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15. ¿Qué plazo tengo para interponer una reclamación de cantidad por: horas extras, diferencias salariales, etc.?

Tienes el plazo de 1 año para reclamar las cantidades adeudadas.

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16. ¿Es lo mismo el finiquito que la indemnización por despido?

No, el finiquito son las vacaciones pendientes de disfrute y las pagas extras en el caso de que las cobres en el mes de junio y diciembre.
En cambio, la indemnización por despido es una indemnización que te pertenece cuando el despido no es justificado por la empresa.

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